Aspecto del peaje Papiros, en Puerto Colombia.
Aspecto del peaje Papiros, en Puerto Colombia.
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Contencioso falla a favor de la acción popular de la PGN sobre el peaje Papiros

Si bien no se accedió a la pretensión de eliminar la caseta, se ordenó corregir las fallas en el diseño vial, los problemas de seguridad y la báscula. Dejó abierta la posibilidad de una reubicación.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico falló a favor de la acción popular impetrada por la Procuraduría General de la Nación sobre el peaje Papiros, en el municipio de Puerto Colombia.

Amparó los derechos colectivos y parcialmente las pretensiones contenidas en la demanda. El fallo concluyó que hubo una vulneración de derechos por el mal diseño vial, además de problemas de seguridad alrededor de la caseta y la báscula.

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Destacó falencias como el entrecruzamiento de vehículos, congestión vial e incumplimiento de especificaciones técnicas como el ancho de la berma.

Si bien el Tribunal no accedió a la pretensión que buscaba la eliminación de la caseta, sí ordenó que se hagan las intervenciones necesarias para corregir el mal diseño vial en el peaje.

Asimismo, dejó abierta la posibilidad, en caso de ser necesario para cumplir técnicamente con el fallo, la reubicación de la infraestructura adyacente al peaje, así como del peaje mismo.

El contencioso ordenó a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y a la Concesión Costera instalar la señalización correspondiente en esa zona del peaje; adecuar la geometría del tramo vial conforme al Manual Geométrico de Carreteras; corregir el problema de entrecruzamiento de vehículos; ajustar el ancho de la berma y demás condiciones técnicas.

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Deberán subsanar los hallazgos expuestos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), adoptando medidas técnicas que permitan una adecuada transición entre el carril de la báscula, la berma y la calzada principal. También deberán mejorar los carriles de salida, conforme al Manual de Diseño Geométrico, así como la señalización vial de transición, mediante el uso de señales preventivas, informativas, marcadores de obstáculos, canalización de flujos y demás dispositivos necesarios”, se lee en el fallo.

Por otra parte, ordenó a la ANI y a la ANSV, en el ámbito de sus competencias, supervisar y exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales de la Concesión Costera Barranquilla Cartagena S.A.S., adquiridas mediante la Asociación Público-Privada No. 004 del 10 de septiembre de 2014.

El Tribunal fijó un plazo para la ejecución de estas medidas en cumplimiento del fallo. Otorgó 6 meses para los estudios técnicos, 3 meses para etapa preliminar y aprobación y 12 meses para ejecución final.

Sentencia sobre el peaje Papiros, en Puerto Colombia by Zona Cero

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